Cuatro años de pelea y un fallo que le da la razón: la cooperativa no pudo demostrar que no había un lugar para él
Un embalador de fruta de Neuquén se rompió el hombro en el galpón, pidió tareas livianas y la empresa le dijo que no había puesto. La Justicia acaba de confirmar que esa respuesta no alcanza: hay que probarlo.
Son las siete de la mañana en un barrio cualquiera de Neuquén y acá, mientras la radio todavía repite el parte del tiempo, uno se imagina al embalador de fruta que conocí hace unos días caminando hacia la parada del colectivo con un papel en la mano que le cambió la vida. Es el alta médica con restricciones que le dieron en abril de 2022, después de ocho meses parado a raíz de una lesión en el hombro derecho. En esa hoja, en letra chica, dice que puede volver a trabajar, pero nada de cargar cajas de peras o manzanas. Esas tareas, las más duras del galpón de empaque, le quedaron grandes para siempre. Y lo que vino después es la historia de una pelea silenciosa que terminó hace poquito en los tribunales, con un fallo que a mí, sinceramente, me dejó pensando en cuántos casos parecidos deben quedar dando vueltas por la Argentina sin que nadie se entere.
Diez años en el galpón y un accidente que lo frenó en seco
El operario, un hombre que hoy ronda los cincuenta años y al que vamos a llamar Jorge para resguardar su identidad, entró a la cooperativa en enero de 2011 como embalador de primera categoría. Durante más de una década hizo lo mismo: armar cajas, cargar fruta, soportar el ritmo infernal de la cosecha. Nunca tuvo un apercibimiento, nunca una sanción, nada que empañara su legajo. Hasta que en agosto de 2021 el hombro dijo basta. La ART se hizo cargo de todo, lo atendió, lo operó, lo rehabilitó. Y cuando el cuerpo médico entendió que estaba listo para volver, le puso una condición que a veces parece un detalle y en realidad es el corazón de esta historia: solo podía reintegrarse si le asignaban tareas compatibles con la lesión. Levantar peso, ni loco.
Jorge, como buen trabajador neuquino, hizo las cosas como correspondía. Mandó un telegrama pidiendo la reincorporación, con la documentación médica al lado. La cooperativa le contestó por carta documento. Acá, querido lector, es donde la historia empieza a torcerse: la empresa reconoció la restricción pero le dijo, sin más vueltas, que no tenía un puesto disponible que se ajustara a esa limitación. Jorge insistió por escrito, fue un poco más allá y hasta les describió en qué sectores del galpón podía desempeñarse sin levantar una sola caja. La respuesta, otra vez, fue la misma. Entonces sintió que le cerraban la puerta en la cara y se consideró despedido en forma indirecta, una figura legal que existe justamente para estos casos: cuando el empleado entiende que la patronal no le dejó otra salida que irse.
Lo que declararon los compañeros en el juicio
En el expediente declararon seis compañeros del galpón. Todos contaron lo mismo, con sus palabras y sus recuerdos. Dijeron que había tareas concretas que cualquier embalador lesionado podía hacer sin levantar peso: sellar etiquetas, fichar las cajas con engrudo, colgarlas en lo que ellos llaman el aéreo, una estructura elevada donde la fruta viaja sin que nadie la cargue al hombro. Varios recordaron casos recientes: al menos cuatro embaladores que se habían lastimado o no podían hacer fuerza y la propia cooperativa los había reubicado en esos sectores. No era la primera vez, no era un invento, era una práctica habitual de la empresa. Cuando uno escucha esos testimonios, le cuesta entender por qué con Jorge la respuesta fue tan distinta.
Lo que dijo el juez y por qué la condena es histórica
El juez Luis Trani, del Juzgado Laboral N°3 de Neuquén, fue muy claro en su fallo. Calificó los testimonios como coherentes, ordenados y concordantes, que en el lenguaje de los tribunales significa que se sostuvieron entre sí, que no se cayeron unos con otros. Y a partir de ahí construyó una conclusión que a mí, como periodista y como vecina de esta ciudad, me parece de manual: la cooperativa tenía posibilidades reales de reubicar a Jorge y eligió no hacerlo. No fue un problema de falta de lugar. Fue, como escribió el magistrado, una decisión. Y agregó algo que en estos casos es clave y que muchas veces se olvida: cuando una empresa dice que no tiene puesto disponible para alguien con limitaciones de salud, la carga de la prueba es de ella. La cooperativa, simplemente, no lo probó. La Cámara de Apelaciones confirmó el fallo hace pocos días y le puso el broche a cuatro años de lucha.
- Indemnización fijada en 676.751 pesos, más intereses que se calculan desde 2022.
- La condena original había sido apelada por la cooperativa, que buscaba reducirla o directamente revertirla.
- La Cámara de Apelaciones de Neuquén confirmó la sentencia de primera instancia en todos sus términos.
- El caso sienta un precedente importante para todos los trabajadores con restricciones médicas en la región.
Me imagino a Jorge, a esta hora, en su casa de Neuquén, mirando el papel del fallo con la misma mezcla de alivio y bronca que sienten los que pelearon mucho tiempo por algo que les correspondía. No es la millonada que él esperaba, ni mucho menos: la indemnización original que había pedido quedaba muy por encima de lo que finalmente se fijó. Pero es el reconocimiento de que durante cuatro años le dijeron que no había lugar cuando en realidad, como quedó demostrado en el juicio, había un montón de lugares donde él podía haber seguido trabajando. Acá, en esta ciudad que uno quiere tanto, lo que pasó con Jorge no es un caso aislado. Es el espejo de lo que les pasa a miles de trabajadores en todo el país, a los que se les dice que no hay puesto disponible y se quedan en la calle, sin saber que la ley los protege. Por eso este fallo, más allá de los pesos, es una pequeña victoria para todos.
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Santa Cruz Informa