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JUE, 05 NOV 2026
Economía

ARCA extiende el plazo para que pymes y entidades sin fines de lucro regularicen deudas fiscales en cuotas

La Resolución General 5924/2026 corre la fecha de corte de las obligaciones incluibles al 31 de octubre de 2026 y habilita la adhesión hasta el 30 de junio de 2027, con hasta 18 cuotas para las empresas más pequeñas.

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Valentina UribeEconomía y empleo público · · lectura 2 min
ARCA extiende el plazo para que pymes y entidades sin fines de lucro regularicen deudas fiscales en cuotas

Vamos a los números. La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) publicó en el Boletín Oficial la Resolución General 5924/2026, que amplía el régimen especial de facilidades de pago dirigido a micro, pequeñas y medianas empresas, pequeños contribuyentes y determinadas entidades sin fines de lucro. La norma modifica dos fechas centrales del esquema original y mantiene sin cambios las condiciones de financiación.

Qué cambia en las fechas

El cambio más relevante es la extensión del corte para las obligaciones que pueden regularizarse. El régimen original alcanzaba deudas vencidas hasta el 30 de junio de 2026, y ahora ese límite pasa al 31 de octubre de 2026. Además, el período de adhesión se extiende: en lugar del 30 de diciembre de 2026, los interesados podrán sumarse hasta el 30 de junio de 2027.

Quiénes pueden acceder y qué deudas incluye

  • Micro y Pequeñas Empresas.
  • Medianas Empresas de los tramos 1 y 2.
  • Pequeños contribuyentes.
  • Determinadas entidades sin fines de lucro.

Las obligaciones alcanzables comprenden deudas impositivas, aduaneras y de recursos de la seguridad social, junto con las multas aplicadas hasta el 31 de octubre de 2026.

Condiciones de financiación

En cuanto al plan de pagos, el esquema se mantiene respecto del original. Las micro y pequeñas empresas y los pequeños contribuyentes pueden acceder a hasta 18 cuotas mensuales para obligaciones generales, mientras que las medianas empresas de los tramos 1 y 2 tienen un tope de 15 cuotas.

Fecha de carga en el sistema

Si bien la resolución ya se encuentra vigente, la incorporación de las nuevas deudas en el sistema "Mis Facilidades" quedará habilitada a partir del 16 de noviembre de 2026, bajo la opción "Régimen Especial de Facilidades de Pago, Obligaciones vencidas al 31/10/2026". Hasta esa fecha, el sistema no permitirá cargar obligaciones con vencimiento posterior al 30 de junio de 2026.

El trámite se realiza en forma online a través del servicio "Mis Facilidades" del organismo recaudador. La fecha que conviene tener en cuenta en el calendario es el 30 de junio de 2027, límite final previsto para la adhesión.

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Valentina UribeEconomía y empleo público

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