Saltar al contenido
Santa Cruz InformaSanta Cruz Informa ⌕ Buscar
Dólar oficial $1.535,00 0,00%Dólar blue $1.555,00 +0,32%Dólar MEP $1.542,50 +0,18%Riesgo país 622 pb +1,80%
VIE, 16 OCT 2026
Economía

Vacaciones con nuevo reglamento: la reforma laboral ajusta los plazos y habilita fraccionar el descanso

La modificación del artículo 154 de la Ley de Contrato de Trabajo reduce el aviso previo, permite dividir la licencia en tramos mínimos de una semana y abre la puerta a fechas fuera de la temporada tradicional, mientras la cantidad de días y la forma de pago del sueldo vacacional se mantienen sin alterations.

EK
Esteban KovacevicPetróleo y energía · · lectura 3 min
Vacaciones con nuevo reglamento: la reforma laboral ajusta los plazos y habilita fraccionar el descanso

Con la temporada de verano en el horizonte, la reforma laboral aprobada este año reordenó tres aspectos centrales del régimen de vacaciones vigente en el país, en tanto la escala de días por antigüedad y el cálculo del sueldo vacacional permanecen sin cambios respecto del esquema anterior. Las modificaciones, incorporadas al artículo 154 de la Ley de Contrato de Trabajo, apuntan a dotar de mayor flexibilidad la coordinación de fechas entre empleadores y empleados sin afectar los derechos esenciales del trabajador.

Aviso previo más corto y por escrito

El plazo para comunicar el inicio de la licencia se redujo de 45 a 30 días y debe formalizarse por escrito, de acuerdo con la nueva redacción de la norma. No obstante, los convenios colectivos de cada actividad pueden fijar plazos diferentes: los empleados de comercio, por citar un caso, mantienen un aviso previo de 60 días, por lo que resulta indispensable revisar la convención aplicable antes de planificar el descanso.

Vacaciones fraccionadas y fechas fuera de temporada

La novedad más práctica de la reforma consiste en la posibilidad de dividir las vacaciones en varios tramos a lo largo del año, siempre que cada uno tenga una duración mínima de siete días corridos. Un trabajador con 21 días disponibles puede, por ejemplo, tomar 14 en enero y reservar los siete restantes para otra época del calendario. Esta modalidad requiere acuerdo entre las partes y no puede ser impuesta de manera unilateral por el empleador.

En la misma línea, cuando existe conformidad entre ambas partes, la licencia anual puede organizarse fuera de la ventana habitual que va del 1 de octubre al 30 de abril, lo que permite extender los períodos de descanso a meses que tradicionalmente quedaban por fuera del esquema general.

Enfermedad durante la licencia: los días no se pierden

La reforma introdujo además una regulación específica para los casos de enfermedad durante las vacaciones, una situación que hasta ahora quedaba librada a la interpretación de cada parte. Cuando una dolencia impide disfrutar los días previstos, esos días no se pierden y deben reprogramarse una vez superada la afección, siempre que el trabajador comunique la enfermedad en tiempo y forma y se someta al control médico que indique la empresa.

Escala de días y cálculo del sueldo: sin cambios

La cantidad de días de vacaciones según la antigüedad, que se computa al 31 de diciembre de cada año, no experimentó modificaciones con la reforma y se mantiene la escala tradicional que va desde los 14 días corridos para los empleados con menor antigüedad hasta los valores más altos previstos para los trabajadores con más de veinte años de servicio.

El cálculo del pago tampoco se alteró: el sueldo mensual se divide por 25 y el resultado se multiplica por los días de vacaciones que correspondan. Para un salario de 1.500.000 pesos y 14 días de licencia, el valor diario alcanza los 60.000 pesos y el total previo al descanso suma 840.000 pesos, importe que debe abonarse antes de que comience la licencia.

EK
Esteban KovacevicPetróleo y energía

Comentarios

0

Todavía no hay comentarios. Sé el primero.

Seguí leyendo

Viajar en el tiempo