El agro vuelve a blindar el piso de asignaciones familiares para sus trabajadores temporarios y de cosecha
El Decreto 1204/2026 prorroga por doce meses la garantía de que los empleados rurales estacionales no percibirán un monto inferior al de la AUH, con vigencia desde septiembre. La medida no toca escalas salariales ni aportes patronales y conserva la cláusula que permite compatibilizar planes sociales con un empleo registrado.
Desde el 1° de septiembre de 2026, los trabajadores temporarios y estacionales del sector agropecuario argentino cuentan con un piso garantizado para sus asignaciones familiares que, en los hechos, impide que queden por debajo del 100% del valor de la Asignación Universal por Hijo. La prórroga, oficializada mediante el Decreto 1204/2026 publicado en el Boletín Oficial, extiende por doce meses un régimen que en su origen fue dispuesto en 2021 con el propósito declarado de incentivar la registración laboral en las economías regionales, allí donde la cosecha y otras tareas agrícolas concentran mano de obra contratada por períodos cortos o de manera discontinua.
La medida alcanza al personal temporario y a los permanentes discontinuos encuadrados en el Régimen de Trabajo Agrario, y también a quienes se desempeñan bajo contrato de temporada en actividades agropecuarias conforme a la Ley de Contrato de Trabajo. Quedan fuera del esquema, en cambio, buena parte de los trabajadores rurales permanentes, cuya cobertura depende de la modalidad específica de contratación que les aplique.
Compatibilidad plena entre empleo formal y planes sociales
Un aspecto particularmente sensible para el universo de beneficiarios que combina un puesto registrado con asistencia del Estado es la cláusula de compatibilidad que el decreto preserva. En concreto, los titulares de ciertos planes sociales pueden acceder a un trabajo formal sin perder automáticamente el beneficio, siempre que se respeten las condiciones de acceso que cada programa establece en su normativa particular. La prórroga no innova sobre ese punto: lo mantiene tal como venía rigiendo hasta ahora.
La extensión no introduce cambios en las escalas salariales del sector ni altera los aportes y contribuciones patronales. Tampoco fija un nuevo monto en pesos para la AUH ni dispone aumentos adicionales por encima del valor que rija en cada período según los parámetros habituales de actualización que aplica la Administración Nacional de la Seguridad Social.
Regalías y producción: el cuadro de fondo
En términos comparativos con la campaña previa, el sostenimiento del régimen llega en un momento en que las denominadas economías regionales venían reclamando señales de previsibilidad para sostener los niveles de registración. De hecho, gremios del agro, asociaciones de productores y representantes de las economías regionales habían pedido la continuidad del esquema antes de que venciera el plazo anterior, a fines de agosto pasado, según consta en los considerandos del decreto.
En el plano estrictamente fiscal, conviene recordar que las asignaciones familiares —entendidas como los pagos mensuales que realiza la ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social) por cada hijo o menor a cargo del trabajador registrado— constituyen una prestación no contributiva financiada con recursos del sistema, y que el piso equivalente a la AUH implica, en la práctica, que el Estado absorbe la diferencia cuando el cálculo por antigüedad del trabajador temporario arrojaría un monto inferior. Si el precio del barril de crudo subiera los dólares de la oleaginosa para futuras exportaciones, podría ampliarse la capacidad de las provincias para sostener la operatoria; si, por el contrario, el precio del barril cayera, la ecuación fiscal se tensionaría y los esquemas de sostenimiento de mano de obra registrada quedarían bajo mayor presión presupuestaria.
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Santa Cruz Informa