Casas particulares: la escala de octubre trepa 1,7% y suma un tramo de la suma no remunerativa de agosto al básico
La actualización corresponde a la Resolución 6/2026 de la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares. El haber final depende de la categoría, la jornada, la antigüedad, la zona y las horas extra, con un recargo del 31% en las provincias patagónicas y en el partido de Patagones.
El personal de casas particulares inició octubre con nuevos salarios mínimos, luego de que la escala correspondiente a ese mes se elevara 1,7% frente a los valores vigentes en septiembre. El incremento se aplica tanto a los pagos por hora como a los haberes mensuales, en el marco de los ajustes dispuestos por la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares mediante la Resolución 6/2026, que fija una secuencia de 1,9% en agosto, 1,8% en septiembre, 1,7% en octubre y 1,6% en noviembre y diciembre.
El periodista especializado Esteban Kovacevic, editor de la sección Petróleo y energía de este portal, señaló que la novedad más relevante del mes no se limita al porcentaje de suba, dado que la mitad de una suma no remunerativa abonada en agosto se incorpora ahora al salario básico. Ese adicional había sido, en aquel momento, de entre 8.000 y 20.000 pesos, según la cantidad de horas trabajadas semanalmente, de modo que su absorción modifica de manera directa el valor de referencia sobre el cual se calculan los aportes, las contribuciones y los eventuales adicionales.
Cómo se liquida el haber de octubre
- Definir la categoría de la persona empleada, ya que la escala varía entre distintas funciones.
- Confirmar la modalidad pactada: con retiro o sin retiro del domicilio.
- Revisar la jornada semanal, puesto que el monto difiere entre quienes trabajan por horas y quienes lo hacen en relación mensual.
- Calcular la antigüedad con el mismo empleador, adicionando 1% del salario básico por cada año cumplido.
- Determinar si corresponde el adicional por zona desfavorable (incremento del 31% en La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, y en el partido bonaerense de Patagones).
- Incorporar las horas extra con su recargo: 50% en jornadas habituales y 100% después de las 13 de un sábado, así como en domingos y feriados.
La magnitud de la actualización se ubica por debajo de la aplicada en agosto (1,9%) y en septiembre (1,8%), en línea con la desaceleración prevista por la resolución, que se completa con los tramos de noviembre (1,6%) y diciembre (1,6%). Para los empleadores, el proceso de liquidación exige revisar de manera particular cada relación laboral, dado que la combinación entre categoría, modalidad, antigüedad, zona geográfica y horas extra puede derivar en diferencias significativas en el recibo final.
Desde la sección Petróleo y energía, Kovacevic recordó que la franja etaria que consulta estas escalas con mayor frecuencia —lectores de entre 40 y 60 años— suele requerir precisiones sobre los adicionales antes de abonar los haberes, por lo que conviene verificar cada componente con la escala oficial publicada por la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares. Si el precio del dólar o la dinámica inflacionaria se modifican en lo que resta del año, las próximas cuotas del cronograma —particularmente la de noviembre y la de diciembre— podrían quedar bajo revisión, aunque la pauta vigente hasta el momento se mantiene firme en 1,6% para esos dos últimos meses.
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Santa Cruz Informa